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Se abre la posibilidad de cambios en la potencia eléctrica contratada para los regantes

Un Real Decreto aprobado recientemente permitiría dichos cambios de potencias contratadas en un plazo inferior a 12 meses y volver a modificarlo una vez hayan pasado al menos 3 meses desde esta modificación
Se abre la posibilidad de cambios en la potencia eléctrica contratada para los regantes Zoom
8 noviembre 2022

El pasado 19 de octubre se publicó en el BOE el nuevo Real Decreto-ley 18/2022, con fecha 18 de octubre, por el que el Gobierno ha aprobado medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía, y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del “Plan + seguridad para tu energía (+SE)”. 
 
Según la información que nos ha facilitado FENACORE, este RD-Ley establece en el artículo 7, la posibilidad de solicitar cambios de potencias de electricidad contratadas en un plazo inferior a 12 meses y volver a modificar la potencia para aumentarla una vez hayan pasado al menos 3 meses desde esta modificación. Esta medida muy reclamada desde el sector del regadío desde hace años, está en vigor desde el día siguiente de su publicación en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2023.
 
Para ello, se deberá remitir solicitud a la comercializadora de energía eléctrica o directamente con el distribuidor, dependiendo de cómo esté el contrato de suministro en cada caso. Y la comercializadora deberá proceder al cambio en el plazo máximo de 5 días naturales, y sin que exista ningún coste extra al consumidor.
 
No obstante, aún hay algunas dudas sobre esta posibilidad de cambio de potencia contratada para los regantes, puesto que en el apartado 1 del art.7 del RD se refiere a los autónomos y a las empresas, no siendo las Comunidades de Regantes ninguna de estas figuras a efectos fiscales. Sin embargo, como los regantes no somos usuarios domésticos, cabría argumentar la aplicabilidad a estos efectos de los artículos 3 y 4 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y, argumentar que las Comunidades de Regantes tienen la consideración de empresas por realizar una actividad agrícola que es económica a todos los efectos.
 
Desde nuestra Comunidad estamos analizando y estudiando estas cuestiones para ver conviene realizar la modificación de la potencia eléctrica, y en tal caso, realizar la solicitud pertinente ante nuestra comercializadora, esperando que se admita para las Comunidades de Regantes. Seguiremos informando sobre todo ello en las próximas semanas. 
 
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