8 febrero 2021
A través de una circular de Fenacore (
ver circular aquí), hemos conocido la publicación de la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrolla, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE 04.12.2020 – texto consolidado 23.12.2020). La buena noticia es que esta Orden mantiene para 2021 el índice corrector del 0,8 para los cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica, con los mismos requisitos exigibles desde el año 2014.
Según informa Fenacore, esta desgravación en módulos puede suponer un ahorro considerable en el importe total de la tributación del agricultor-regante, que se puede cifrar en torno a un 30%. Esta medida fue una de las dos habilitadas por el Gobierno para paliar los efectos del incremento de las tarifas eléctricas. La otra medida, exención del 85% en el Impuesto sobre la Electricidad, también se mantiene.
Desde la Comunidad facilitaremos la certificación pertinente a todos los regantes que nos la soliciten a efecto de poder beneficiarse de esta desgravación.